martes, 10 de agosto de 2010

Podría haberse evitado


En agosto del año pasado, durante el montaje de la carpa que normalmente alberga la caseta municipal de la feria de San Bartolomé, se produjo un accidente del que no queremos culpar a nadie, pero dos jóvenes de nuestra localidad se precipitaron desde un andamio en el que estaban trabajando. Afortunadamente, el accidente no tubo mayores consecuencias para dichos chavales, sin embargo, consideramos que este hecho es bastante grave en sí mismo, por las consecuencias que podía haber tenido.

Y analizando detenidamente los hechos, nos encontramos con que si realizamos un estudio de este tipo de accidentes, la mayoría de ellos se producen por deficiencias tales como falta de protecciones colectivas, amarres o falta de escaleras interiores. Otros motivos que pueden dar lugar a estos accidentes son las improvisaciones en su ejecución, así como la formación e información de los riesgos específicos del puesto de trabajo (no haber sido proyectados previamente).

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre), establece de forma clara e inequívoca la responsabilidad de los empresarios (en este caso, el Ayuntamiento) a la hora de garantizar la integridad de los trabajadores a su cargo y, asimismo que la formación es una de las medidas ineludibles para el empresario a la hora de garantizar, junto a otras, el cumplimiento del deber de protección. Por lo tanto el empresario debe garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, a la hora de realizar su contratación.

Y según el RD 2177/04, que habla de los equipos de trabajo temporales en altura, los andamios de tipo tijera estarán dotados de cadenas o cables que impidan que estas puedan abrirse al utilizarse. El acceso a la plataforma de trabajo dispondrá de escaleras adecuadas para el acceso a los diferentes niveles y nunca a través de las tijeras o por cualquier otra parte. El montaje del andamio tiene que estar certificado para poder subir a él, tiene que ser personal facultativo y, como está claro el que lo monte tiene que tener la formación específica en andamios.

Debido a que no tienen la homologación de la Comunidad Europea, deberán tener específicamente un plan de montaje, de utilización y de desmontaje: tienen que ser personas con experiencia mínima superior a dos años (certificada por el empresario) y formación preventiva mínima de nivel básico (RD 39/1997).

Nuestro interés no es, en absoluto, que el Ayuntamiento sea sancionado por este tipo de hechos. Todo lo contrario, sólo queremos que estas medidas sean tenidas en cuenta. Ya está próximo el montaje de la carpa para la feria de este año y no queremos que este tipo de hechos vuelvan a repetirse, sobre todo cuando estos accidentes ocurren fundamentalmente por desidia.



No hay comentarios:

Publicar un comentario